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Código de IA en la UE: dudas sobre propiedad intelectual

El sector cultural advierte que el nuevo texto puede vulnerar derechos protegidos

Un robot dibujando en un lienzo con un símbolo de copyright de fondo.

El borrador del Código de Buenas Prácticas para la Inteligencia Artificial, impulsado por la Comisión Europea, ha suscitado preocupación en el ámbito cultural y editorial español. El Ministerio de Cultura ha solicitado formalmente su revisión, alertando de que su contenido podría socavar la protección de los derechos de propiedad intelectual, en especial en lo relativo a la explotación de obras utilizadas en el entrenamiento de modelos de IA.

A diferencia de las propuestas legislativas vinculantes —como el Reglamento de Inteligencia Artificial aún en tramitación—, este código tiene naturaleza voluntaria. No obstante, al establecer estándares de conducta para desarrolladores y proveedores de IA, su implementación práctica podría influir en la interpretación y aplicación futura de normas sustantivas, incluyendo aquellas derivadas de la Directiva sobre derechos de autor en el mercado digital.

La crítica del Ministerio apunta a que el texto actual no impone obligaciones claras de transparencia ni de autorización previa respecto al uso de contenidos protegidos en sistemas generativos, como los modelos de lenguaje o de imagen. Esta omisión podría contradecir principios fundamentales del marco europeo, como el derecho moral del autor o el uso legítimo condicionado.

La posición española abre un debate técnico relevante: ¿puede un instrumento no vinculante erosionar derechos ya consolidados por otras normativas? Desde una perspectiva jurídica, el riesgo reside en que una autorregulación ambigua facilite prácticas que el legislador aún no ha definido con precisión, generando una zona gris en la protección de los derechos digitales.

Este caso evidencia la tensión estructural entre innovación tecnológica, gobernanza ética y protección jurídica, particularmente en un entorno en el que las capacidades de la IA generativa crecen más rápido que la capacidad normativa para encauzarlas. La intervención española, por tanto, busca alinear el desarrollo de estándares voluntarios con los principios normativos ya vigentes, evitando contradicciones interpretativas o retrocesos en la tutela de los derechos de autor.

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