Comité de Ética


El Comité de Ética de la Universidad Pontificia Comillas, dependiente del Vicerrector de Investigación y Profesorado y nombrado por el Rector de la Universidad, tiene como función principal garantizar que se cumplan los principios métodológicos, éticos y jurídicos en la investigación realizada en cualquiera de los centros y proyectos que se realizan en la Universidad que impliquen intervención en seres humanos. El Comité vela por el respeto de la dignidad humana y sus consecuencias en las investigaciones realizadas en la Universidad Pontificia Comillas.

Toda investigación que conlleve riesgos físicos o psíquicos para los sujetos requiere previo y preceptivo informe favorable del Comité de Ética para garantizar que se cumplen los principios éticos de la investigación biomédica, los aspectos éticos, metodológicos y legales derivados de la Ley de Investigación biomédica y los derechos humanos de las personas.

Funciones

COMILLAS asume la definición de Universidad de la "Carta Magna de las Universidades Europeas", suscrita en Bolonia en 1988: ".. . una comunidad académica que, de modo riguroso y crítico, contribuye a la tutela y desarrollo de la dignidad humana y de la herencia cultural mediante la investigación, la enseñanza y los diversos servicios ofrecidos a las comunidades locales, nacionales e internacionales".

Dicho Comité tiene una composición interdisciplinar, capacidad técnica y competencia profesional. Tiene en el contexto de esta Universidad las siguientes funciones:

  • Evaluar los aspectos metodológicos, éticos y legales del proyecto de investigación.
  • Ponderar el balance de riesgos, daños y beneficios anticipados dimanantes de la investigación.
  • Informar, previa evaluación del proyecto de investigación, toda investigación que implique intervenciones en seres humanos o muestras biológicas de origen humano
  • Establecer y velar por el cumplimiento del consentimiento informado, la confidencialidad y protección de los datos.
  • Establecer, o en su caso proponer, cuantas medidas se consideren necesarias para garantizar la efectividad de los derechos de las personas en la investigación.
  • Proponer a los investigadores los cambios oportunos para lograr la conformidad con los principios éticos y legales de la investigación.

El Comité de Ética no es competente para la evaluación de proyectos de investigación de medicamentos o productos sanitarios.

Normativa Básica

Composición

  • Presidente: Miguel Francisco Grande Yáñez, Facultad de Derecho.
  • Secretario: Raúl González Fabre, Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
  • Vocal: Rafael Amo Usanos, Facultad de Teología.
  • Vocal: José Manuel Caperos Montalbán, Facultad de Ciencias Humanas y Sociales.
  • Vocal: Mario Castro Ponce, Escuela Técnica Superior de Ingeniería.
  • Vocal: María Isabel Álvarez Vélez, Facultad de Derecho.
  • Vocal: Calixto Plumed Moreno, Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia.
  • Vocal: Ana Berástegui Pedro-Viejo, Instituto Universitario de la Familia.
  • Vocal-Asesor externo: Elena María López Cervera, Servicio de Asesoría Jurídica.