drag
Refugiados

Ucranianos en España – Información útil

Si eres ucraniano aquí encontrarás toda la información que necesitas sobre el refugio en España.

Ucranianos en España – Información útil

La primera pregunta es ¿cómo llegar a España?, ahora mismo las personas ucranianas no necesitar visado para entrar y permanecer tres meses en condición de “turistas” en el espacio Schengen.

El vicepresidente de la Comisión Europea ha declarado que en estos momentos no se está trabajando en una propuesta de reparto (reubicación de refugiados), porque el mecanismo de la Directiva Temporal, aprobado en el Consejo Extraordinario del jueves 3 de marzo facilita la movilidad con libertad de las personas ucranianas por los Estados Miembros.

Esto facilita que las personas que huyen del conflicto de Ucrania puedan instalarse donde prefieran, según sus redes familiares o personales. Habrá que ver si se produce o no un reparto natural y espontáneo que no genere colapso en algunos países.

Si no estas en España y te encuentras en otro país de la Unión Europea, puedes consultar las vías de acceso a la protección en estos países a través de la página de ECRE.

¿Qué tienes que hacer si al llegar a España buscas alojamiento?

Si necesitas ayuda en la búsqueda de alojamiento, puedes solicitar la entrada en el Sistema de Acogida de Solicitantes de Protección (ver requisitos)

Dependiendo donde residas en España puedes acudir a:

  • CEAR: Andalucía (Málaga, Sevilla, Cádiz), Euskadi y Canarias (Gran Canaria y Tenerife).
  • ACCEM: Andalucía (Córdoba), Castilla La Mancha, Castilla y León, Murcia, Asturias, Extremadura, Aragón y Galicia.
  • Cruz Roja: Andalucía (Almería, Granada y Huelva), Baleares, Cantabria, Cataluña, La Rioja, Madrid, Navarra y Comunidad Valenciana.

¿Qué vías de protección se están contemplando?

  1. PROTECCIÓN TEMPORAL

La Unión Europea ha decidido activar la Directiva de Protección Temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas. El 8 de marzo de 2022 el Gobierno de España ha ampliado los grupos objeto de protección.

¿Quién puede solicitar Protección Temporal?

  • Nacionales ucranianos y sus familiares que salieron de Ucrania a partir del 24.2.2022
  • Nacionales ucranianos y sus familiares que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Refugiados y beneficiarios de protección internacional en Ucrania y sus familiares* que salieron de Ucrania a partir del 24.2.2022
  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.

Por familiares se entiende:

a) Al cónyuge o su pareja de hecho.

b) A sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados.

c) A otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o principalmente de ellos.

¿Cómo y dónde solicitar protección temporal?

1. Mediante comparecencia personal ante la Policía Nacional en:

- Centros de Acogida, Recepción y Derivación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Pide cita llamando al 91 047 44 44

- Comisarías de policía habilitadas al efecto

2. El mismo día de la solicitud se expedirá un resguardo acreditativo de la solicitud de Protección Temporal que autoriza a permanecer en España y recibir las ayudas sociales correspondientes.

3. En un plazo de 24 horas el Ministerio del Interior resolverá la solicitud y se notificará por medios electrónicos, correo postal o comparecencia personal y, en última instancia, a través del BOE.

¿Qué derechos tienes con la protección temporal?

  • Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena de un año de duración, prorrogable otros dos.
  • Acceso a la educación, formación profesional.
  • Ayuda social y alojamiento adecuado.
  • Atención médica.
  1. PROTECCIÓN INTERNACIONAL

Si no puedes regresar a Ucrania porque temes ser perseguido por tus opiniones políticas, religiosas, étnicas, de nacionalidad, tu orientación sexual, tu identidad de género, ser víctima de violencia de género, tu profesión… puedes solicitar protección internacional.

Es un proceso más largo y complejo que la Protección Temporal, por lo que es importante que valores previamente cuál es la opción que se ajusta mejor a tu situación y a tu caso.

Si tu intención es solicitar protección internacional en España, el haber entrado a la UE por otro Estado, o tener familiares en algún Estado miembro, tienes que tener en cuenta que esto puede afectar a tu solicitud de protección internacional. Para poder asesorarte con más detalle puedes ponerte en contacto con tu oficina de CEAR más cercana para que nuestro servicio jurídico atienda tu caso en concreto.

¿Dónde solicitar protección internacional en España?

Para solicitar protección internacional en España necesitas estar en territorio español o en algunas de sus fronteras:

  • En fronteras españolas (aeropuerto, puerto o frontera terrestre): comunica a la Policía Nacional o Guardia Civil que quieres solicitar protección internacional.
  • En territorio: acude presencialmente a las Comisarías de Policía o Oficinas de Extranjería habilitadas para ello. Por lo general hay que solicitar cita previa.
  • O en un Centro de Internamiento o Centro Penitenciario: comunica a la Dirección del Centro que quiere solicitar protección internacional.

¿Cómo solicitar protección internacional en España?

Una vez que comunicas a las autoridades que quieres solicitar protección internacional, te citarán para una entrevista individual donde recogerán:

  • Tus datos personales, familiares, educativos, profesionales, etc.
  • El trayecto del viaje desde Ucrania hasta llegar a España
  • Los motivos para solicitar protección internacional: Es importante que si, además de la guerra, temes por tu vida o tus derechos por otros motivos (políticos, religiosos, étnicos, por tu nacionalidad, tu profesión, tu orientación sexual, identidad de género, eres víctima de violencia de género…) lo expliques de manera detallada.
  • Esta entrevista es totalmente confidencial, y tienes derecho a la asistencia de abogado y de intérprete.

¿Qué derechos tienes como solicitante de protección internacional?

  • Tendrás un documento de solicitante de protección internacional que tendrás que ir renovando.
  • Tienes autorizada la permanencia en España durante todo el procedimiento.
  • Tienes libertad de movimiento por todo el territorio español, pero has de comunicar tu domicilio a la Oficina de Asilo y Refugio.
  • A los seis meses, si todavía no tienes una respuesta a tu solicitud, tendrás autorización para trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena.
  • Tienes derecho a la asistencia de intérprete y de abogado. Puedes solicitar la asistencia de CEAR a la Policía en tu solicitud en frontera o acudir a nuestras oficinas si solicitas en territorio.
  • A la asistencia sanitaria en el sistema público de salud.
  • Si no tienes medios económicos para mantenerte, puedes solicitar entrar en el Sistema de Acogida de Solicitantes de Protección Internacional.

Si ya estabas en España

Aunque lleves en España cierto tiempo, el Gobierno español ha ampliado la Protección Temporal a toda persona ucraniana, en situación de estancia o en situación irregular en España, que no pueda regresar a su país como consecuencia del conflicto armado.

En el caso de aquellas personas que hayan sufrido una persecución individual a las que se les haya denegado la protección internacional, pueden solicitar Protección Temporal o volver a solicitar Protección Internacional en caso necesario, dado que ha habido un cambio de circunstancias en Ucrania que justifican el riesgo en caso de retorno.

Teléfonos y contacto

- Número de teléfono de emergencias en España: 112

- Número de teléfono de la Policía: 091

- Número de teléfono para víctimas de Violencia de Género: 016

- Datos de contacto de la Embajada de Ucrania en España:

Dirección: Calle Ronda de Abubilla, 52. CP: 28043. Madrid, España

Teléfonos: +34917489360 / +34913887178

Información extraída de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado.

Compartir noticia:
Últimas noticias

También te puede interesar

Seminario Empoderamiento juvenil frente a la islamofobia.jpeg
Investigación
18 de diciembre de 2025
Seminario "Empoderamiento juvenil frente a la islamofobia: desafíos y horizontes en la inclusión"

El 18 de diciembre tuvo lugar la 2ª sesión de la X edición del Seminario Migraciones y Refugio, un encuentro ya consolidado en la agenda académica del Instituto Universitario de Estudios sobre Migraciones (IUEM), que además se enmarca en un año especialmente significativo: el 10º aniversario de la Cátedra de Refugiados y Migrantes Forzosos (2016–2026).

Leer más

imagen.png
Investigación
25 de noviembre de 2025
La Cátedra de Refugiados y Migrantes Forzosos participa en el el Seminario Internacional sobre Movilidad y Paz en América Latina

Cecilia Estrada Villaseñor, directora de la Cátedra de Refugiados y Migrantes Forzosos, participó en el Seminario Internacional sobre Movilidad y Paz en América Latina el pasado 25 de noviembre.

Leer más

Una conferencia sobre la crisis migratoria con una presentación en pantalla.
IUEM, Refugiados
25 de noviembre de 2025
Migración y Derechos Humanos: la nueva narrativa sobre movilidad humana

La Cátedra de Refugiados participa en el Seminario Internacional de Diálogos Interdisciplinarios de la UNAM

Leer más