Transparencia Total en el Derecho de Acceso
El TJUE amplía el alcance del Artículo 15 del RGPD, obligando a las organizaciones a entregar extractos íntegros de documentos.
Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha redefinido el alcance del derecho de acceso de los interesados. El tribunal ha dictaminado que, para que el derecho sea efectivo, el responsable del tratamiento debe facilitar al ciudadano no solo un resumen de sus datos, sino extractos de documentos o incluso documentos completos si estos son indispensables para que el interesado verifique la exactitud y licitud del tratamiento.
Esta interpretación supone un desafío operativo para las organizaciones que manejan Big Data, ya que ya no basta con un volcado de datos anonimizados en formato .csv. La transparencia se traslada al contexto: el usuario tiene derecho a entender cómo se integran sus datos en los procesos de decisión de la empresa. Este fallo refuerza la accountability empresarial y dota al ciudadano de una herramienta poderosa contra el tratamiento opaco de la información.
El derecho de acceso evoluciona de ser una mera consulta a convertirse en una auténtica facultad de inspección individual sobre la infraestructura de datos corporativa.
Referencias
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