Proteger a los hogares vulnerables durante la crisis del coronavirus
La Cátedra de Energía y Pobreza considera adecuadas las medidas extraordinarias tomadas por el Gobierno de España para proteger a los consumidores vulnerables
20 de marzo de 2020
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ha proclamado el estado de alarma en España para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Entre las medidas que se han tomado para luchar contra los efectos negativos de esta crisis, cabe destacar las de protección de los hogares vulnerables que impiden los cortes de suministros energéticos y suspenden la subida de los precios máximos de venta al público de los hidrocarburos.
En particular, el Artículo 17 establece lo siguiente:
“Artículo 17. Garantía de suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo y gas natural.
Las autoridades competentes delegadas podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo, así como de gas natural, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 49 y 101 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.”
Estas medidas están en consonancia con las medidas excepcionales propuestas en la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2019-2024 en caso de “situaciones meteorológicas extremas que obliguen a la población a permanecer en sus hogares” y en las cuales “el consumo de energía se convierte en un suministro vital”.
Desde la Cátedra coincidimos en que la absoluta prioridad en estos momentos ha de ser que ningún hogar tenga que preocuparse por el servicio energético. Este ha de quedar totalmente garantizado.
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