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El Derecho de Acceso en la Internet de las Cosas

El TJUE refuerza las garantías del ciudadano sobre los macrodatos generados por dispositivos inteligentes, limitando el monopolio informativo de los fabricantes.

Una ilustración que aborda el derecho de acceso en la Internet de las Cosas con íconos de un dispositivo y un candado.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido una sentencia clave que redefine la propiedad de los macrodatos —Big Data— en el contexto de los dispositivos conectados. El tribunal subraya que el análisis de grandes volúmenes de datos generados por el uso de un producto no puede pertenecer exclusivamente al fabricante bajo cláusulas de confidencialidad abusivas. Se debe respetar escrupulosamente el estatuto jurídico del interesado, garantizando que el usuario (ya sea un consumidor o un cliente acreditado) tenga un acceso efectivo y gratuito a la información que él mismo co-genera en la esfera contractual privada.

Para el Observatorio, la relevancia de esta doctrina es capital: el tratamiento de los macrodatos industriales y personales debe estar sujeto a mecanismos de supervisión que garanticen una transparencia total. No basta con que los datos existan en la nube del fabricante; el responsable debe garantizar la posibilidad de una intervención humana real y significativa sobre el flujo de dicha información. El futuro del tratamiento de macrodatos solo será sostenible si se integra plenamente en el marco de garantías constitucionales que protegen la esfera privada, evitando sesgos que deriven en una cautividad tecnológica o financiera automatizada.

La eficiencia del ecosistema IoT debe someterse siempre a los principios de Derecho digital y a los límites de orden público constitucional, impidiendo que el dato masivo dicte la propiedad de la información sin una tutela humana efectiva.

Observatorio CMS
Ciberseguridad y Big Data
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