Contratos inteligentes ante los tribunales: el caso Van Loon
La jurisprudencia estadounidense ofrece claves sobre la validez jurídica de los contratos ejecutados por código.
La Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos ha emitido un fallo clave en el caso Van Loon v. Department of the Treasury, relacionado con las sanciones impuestas al protocolo Tornado Cash. El demandante alegaba que su uso de Tornado Cash —un mezclador de transacciones en Ethereum operado mediante contratos inteligentes— no constituía una actividad sancionable, dado que los contratos eran herramientas automatizadas, no entidades o personas jurídicas.
La Corte, sin embargo, ratificó que los contratos inteligentes desplegados en blockchain pueden constituir una “asociación” o entidad jurídica con capacidad para ser objeto de sanciones conforme a la legislación estadounidense. El tribunal interpretó que, aunque Tornado Cash es un conjunto de programas autónomos, su operativa conjunta y su función como mezclador la convierten en una entidad con efectos jurídicos relevantes bajo el marco regulador del Office of Foreign Assets Control (OFAC).
Este pronunciamiento no versa sobre la validez de los contratos inteligentes como acuerdos civiles o mercantiles en sí, sino sobre su capacidad para ser objeto de regulación y sanción por parte del Estado. Aun así, representa una jurisprudencia relevante sobre cómo los ordenamientos jurídicos empiezan a considerar la operativa algorítmica como sujeta a responsabilidad legal, más allá de sus promotores humanos.
Desde una perspectiva comparada, el caso plantea interrogantes relevantes para el Derecho europeo: ¿puede una ejecución automatizada sin personalidad jurídica ser responsable ante el Derecho? ¿Hasta qué punto un contrato por código puede constituir un sujeto normativo? Estas preguntas están en el centro del debate regulatorio sobre la adopción de blockchain en infraestructuras críticas y aplicaciones comerciales.
El caso Van Loon no cierra el debate jurídico sobre los contratos inteligentes, pero lo enmarca en un nuevo nivel: el de la posible atribución de consecuencias legales a instrumentos digitales autónomos. Una advertencia para los legisladores y juristas que deben definir, con precisión técnica y jurídica, la frontera entre código y responsabilidad.
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