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I+D Interés Superior del Niño - Situación de Riesgo
Artículo 7. Destinatarios
Serán considerados destinatarios de la acción de protección, en primer término, los menores de edad que se encuentren en situación de riesgo o de desamparo, así como sus respectivas familias, en la medida en que la intervención sobre ellas contribuya a la facilitación de la protección de dichos menores desde la estimación prevalente de su interés.