I+D Interés Superior del Niño - Situación de Desamparo


Ley 3/1995, de 21 de marzo, de la infancia de la Región de Murcia (BORM núm. 86, de 12 de abril de 1995; BOE núm. 131, de 2 de junio de 1995) ARANZADI LRM 1995\90 

Artículo 24. Procedimiento para la declaración de desamparo

3. La resolución que declare el desamparo determinará de manera cautelar la medida de protección que sea más adecuada a los intereses del niño.